DECRETO NÚMERO 2644 DE 1994

(NOVIEMBRE 29)

Por el cual se expide la Tabla Única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 49.99% y la prestación económica correspondiente.

(Publicado en el D.O. No. 41620 del 30 de noviembre de 1994. Consulte el Decreto 1072 de 2015, art. 3.1.1.)

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en (sic.) artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, el numeral 2º del artículo 209 del Código Sustantivo del Trabajo, y los artículos 41 y siguientes de la Ley 100 de 1993.

DECRETA:

ART. 1. Tabla de equivalencias. Se adopta la siguiente Tabla de Equivalencia para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral como parte integrante del Manual Único de Calificación de Invalidez:

Porcentaje de pérdida de capacidad laboralMonto de la indemnización en meses Ingreso base de liquidaciónPorcentaje de pérdida de capacidad laboralMonto de la indemnización en meses Ingreso base de liquidación
492426125
482352512
472324115
462252311
452222105
442152110
43212095
42205199
41201885
40195178
39191675
38185157
37181465
36175136
35171255
34165115
33161045
3215594
3115835
3014573
2914625
281355200
2713  

ART. 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de noviembre de 1994

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

María Sol Navia Velasco.

El Ministro de Salud,

Alfonso Gómez Duque.

Deja una respuesta