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Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD-

Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD-

Acceso a la Red de telecomunicaciones de proveedores de servicios que tengan infraestructura. Decreto 1967 /2.012, art. 1 y ss

Afiliación al régimen subsidiado de voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos- Decreto 780 /2.016, art. 2.1.5.1.1., num. 16-

Atención especial en situaciones de calamidad pública, desastre o emergencia en materia de vivienda de interés social rural.

– Declaratoria y asignación de recursos. Decreto 4830 /2.008, art. 1

– Presentación de Proyectos por parte de la entidad territorial. Decreto 4830 /2.008, art. 4

– Recomendaciones de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural. Decreto 4830 /2.008, art. 2

– Valor del subsidio. Decreto 4830 /2.008, art. 3

Cesión de infraestructura de drenaje o de control contra inundaciones. Ley 2294 /2.023, art. 36

Comité Nacional para el Conocimiento del Riesgo.

– Funciones. Ley 1523 /2.012, art. 21

– Integrantes. Ley 1523 /2.012, art. 20-

Comités Nacionales para la Gestión del Riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 19

Integración de la Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de Prevención de Accidentes Mayores -MIPPAM. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.12.22

Declaratoria de desastre, calamidad pública y normalidad

– Calamidad pública -definición. Ley 1523 /2.012, art. 58

– Criterios para la declaratoria de desastre y calamidad pública. Ley 1523 /2.012, art. 59

– Declaratoria de situación de calamidad pública. Ley 1523 /2.012, art. 57-

– Declaratoria de situación de desastre. Ley 1523 /2.012, art. 56

– Desastre -definición. Ley 1523 /2.012, art. 55-

– Modificación de la declaratoria de desastre. Ley 1523 /2.012, art. 63-

– Participación de entidades en el plan de acción. Ley 1523 /2.012, art. 62

– Plan de acción especifico para la recuperación. Ley 1523 /2.012, art. 61

– Retorno a la normalidad. Ley 1523 /2.012, art. 64

– Solidaridad entre entidades territoriales. Ley 1523 /2.012, art. 60

Departamentos y municipios.

– Funciones en la Prevención y atención de desastres. Ley 715 /2.001, art. 76, num. 76.9

– Responsabilidad compartida en el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. Ley 1575 /2.012, art. 1 y ss

Estrategia nacional para la adaptación al cambio climático de los asentamientos humanos de alto riesgo. Ley 2294 /2.023, art. 38

Estudios de impacto ambiental. Ley 1450 /2.011, art. 223

Financiación de proyectos de reconstrucción. Ley 1450 /2.011, art. 221

Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (antes Fondo Nacional de Calamidades)

– Administración y representación. Ley 1523 /2.012, art. 48-

– Apropiaciones presupuestales. Ley 1523 /2.012, art. 53

– Delegación de funciones. Decreto 93 /1.998, art. 4

– Exención de los impuestos de Renta y Complementarios. Decreto 1547 /1.984, art. 10

– Fondo de Adaptación.

– Fondos Territoriales. Ley 1523 /2.012, art. 54-

– Fuente de recursos. Ley 1523 /2.012, art. 47

– Funcionamiento. Decreto 919 /1.989, art. 70

– Funciones de la Junta Directiva del Fondo Nacional. Ley 1523 /2.012, art. 52

– Junta Consultora.

– Manual de contratación. Decreto 827 /2.011, art. 2

– Patrimonio autónomo. Ley 1523 /2.012, art. 49.

– Recursos.

– Régimen de contratación. Decreto 1547 /1.984, art. 11

– Régimen de las donaciones y de bienes adquiridos. Decreto 1547 /1.984, art. 12

– Reglamentos de organización y financiamiento. Decreto 1547 /1.984, art. 13

– Subcuentas para apoyar el financiamiento. Ley 1523 /2.012, art. 51

Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana

– Aportes de gremios y personas jurídicas. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.14

– Aportes voluntarios de los municipios y departamentos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.13

– Comité evaluador. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.5

– Comités territoriales de orden público. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.17

– Destinación. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.15

– Dirección, administración y ordenación del gasto del FONSECON. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.6

– Ejecución de programas y proyectos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.7

– Financiación o cofinanciación de programas y proyectos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.8

– Fondos territoriales de seguridad y convivencia ciudadana – FONSET. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.9

– Funciones de los comités de orden público. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.18

– Gastos operativos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.4

– Imposición de tasas y sobretasas. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.12

– Naturaleza jurídica. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.1

– Naturaleza jurídica y administración de los FONSET. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.10

– Objetivos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.2

– Origen de recursos. Decreto 1066 /2.015, art. 2.7.1.1.3

– Políticas integrales de seguridad y convivencia ciudadana. Decreto 1066 /2-015, art. 2.7.1.1.16

– Recursos de la contribución especial. Decreto 1066 /2-015, art. 2.7.1.1.11

– Remisión de informes. Decreto 1066 /2-015, art. 2.7.1.1.19

Glosario.

– Adaptación a los estímulos climáticos. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 1

– Alerta de un evento peligroso. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 2

– Amenaza de un evento físico de origen natural o inducido. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 3-

– Análisis y evaluación del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 4-

– Calamidad pública por eventos naturales o antropogénicos. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 5-

– Cambio climático. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 6-

– Conocimiento, monitoreo y seguimiento del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 7-

– Desastre por eventos naturales o antropogénicos. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 8-

– Emergencia. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 9

– Exposición (elementos expuestos). Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 10-

– Gestión del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 1-

– Gestión social del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 11-

– Intervención correctiva. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 13-

– Intervención del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 12-

– Intervención prospectiva. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 14-

– Manejo de desastres. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 15

– Mitigación del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 16

– Preparación de servicios básicos de respuesta. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 17-

– Prevención de riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 18-

– Protección financiera. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 19-

– Recuperación de la normalidad. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 20-

– Reducción del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 21

– Reglamentación prescriptiva mínima de seguridad. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 22

– Reglamentación restrictiva de un nuevo riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 23

– Respuesta para la atención de la emergencia. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 24-

– Riesgo de desastres por daños o pérdidas. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 25

– Seguridad territorial. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 26

– Vulnerabilidad. Ley 1523 /2.012, art. 4, num. 2.7-

Hospital Seguro Frente a Desastres.

– Adopción del programa. Resol Minsalud y Protección Social 976 /2.009

– Requisitos técnicos y destinación de recursos. Resol Minsalud y Protección Social 976 /2.009

Inventario nacional de asentamientos en riesgo de desastres. Ley 1450 /2.011, art. 218

Licencias para la adecuación, reparación y /o reconstrucción de edificaciones. Decreto 4550 /2.009, art. 1 y ss

Objetivos. Ley 1523 /2.012, art. 6

Otorgamiento de Licencias Ambientales. Ley 1450 /2.011, art. 224

Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010. Ley 1151 /2.007, art. 6, num. 5.2

Plan Nacional de Gestión del Riesgo.

– Contenido. Decreto 1081 /2.015, art. 2.3.1.2.2.1.5

– Elaboración del Plan

– Estrategias. Decreto 93 /1.998, art. 6

– Estructura. Decreto 1081 /2.015, art. 2.3.1.2.2.1.2

– Fundamentos y programas. Decreto 93 /1.998, art. 2

– Objetivos. Decreto 93 /1.998, art. 3

– Objeto. Decreto 93 /1.998, art. 1

– Objeto y alcance. Decreto 1081 /2.015, art. 2.3.1.2.1.1.1

– Principios de acción de las entidades nacionales y territoriales. Decreto 93 /1.998, art. 5

– Principios generales y definiciones. Decreto 1081 /2.015, art. 2.3.1.2.1.1.3

– Programas. Decreto 93 /1.998, art. 7

– Programas y los proyectos de inversión. Decreto 1081 /2.015, art. 2.3.1.2.2.1.4

– Seguimiento y evaluación. Decreto 93 /1.998, art. 8

Plan Operacional de Emergencia o Plan de Contingencia riesgos derivados del agua de consumo humano. Decreto 1575 /2.007, art. 30

Planes de Gestión del Riesgo

– Análisis específicos de riesgo y planes de contingencia. Ley 1523 /2.012, art. 42

– Control en la Gestión del Riesgo de Desastres. Ley 1523 /2.012, art. 44.

– Cooperación Internacional en la Gestión del Riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 43.

– Elaboración de la Estrategia Nacional para la Respuesta a Emergencias. Ley 1523 /2.012, art. 36.

– Elaboración y evaluación del plan de gestión del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 34.

– Estrategia Nacional para la Respuesta a Emergencias. Ley 1523 /2.012, art. 35

– Incorporación de la gestión del riesgo en la inversión pública. Ley 1523 /2.012, art. 38.

– Incorporación de la gestión del riesgo en la planificación. Ley 1523 /2.012, art. 40

– instrumentos. Ley 1523 /2.012, art. 32

– Integración de la gestión del riesgo en la planificación territorial y del desarrollo. Ley 1523 /2.012, art. 39

– Ordenamiento territorial y planificación del desarrollo. Ley 1523 /2.012, art. 41

– Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Ley 1523 /2.012, art. 33

– Planes departamentales, distritales y municipales de gestión del riesgo y estrategias de respuesta. Ley 1523 /2.012, art. 37.

Principios

– De autoconservación. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 4

– De concurrencia. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 13

– De coordinación. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 12

– De diversidad cultural. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 6

– De igualdad. Ley 1523 /2.012, art. 3, num.1.

– De oportuna información. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 15.

– De protección. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 2.

– De solidaridad social. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 3

– De subsidiariedad. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 14

– Del interés público o social. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 7

– Gradualidad. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 10

– Participativo. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 5.

– Precaución. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 8-

– Sistémico. Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 11

– Sostenibilidad ambiental- Ley 1523 /2.012, art. 3, num. 9-

Programa Nacional de Hospital Seguro. Ley 1450 /2.011, art. 158

Reducción de la vulnerabilidad fiscal del Estado frente a desastres. Ley 1450 /2.011, art. 220

Régimen Especial para Situaciones de Desastre y Calamidad Pública

– Acciones contencioso-administrativas por ocupación temporal. Ley 1523 /2.012, art. 71

– Adquisición de predios. Ley 1523 /2.012, art. 73

– Contratación de empréstitos. Ley 1523 /2.012, art. 67-

– Control de la Contraloría General para Recursos de Desastres. Ley 1523 /2.012, art. 95

– Declaratoria de utilidad pública e interés social. Ley 1523 /2.012, art. 76-

– Destinación y administración de donaciones. Ley 1523 /2.012, art. 89

– Disposición de bienes por situación de desastre o calamidad pública. Ley 1523 /2.012, art. 79

– Ejecución de la demolición. Ley 1523 /2.012, art. 78

– Emergencias viales. Ley 1523 /2.012, art. 84-

– Expropiación por vía administrativa. Ley 1523 /2.012, art. 75-

– Imposición de servidumbres. Ley 1523 /2.012, art. 68

– Intervención de Invías. Ley 1523 /2.012, art. 85

– Levantamiento de restricciones de tránsito vial, ambiental y operación de aeropuertos. Ley 1523 /2.012, art. 83-

– Libertad de prensa. Ley 1523 /2.012, art. 94-

– Medidas especiales de contratación. Ley 1523 /2.012, art. 66-

– Negociación directa, previa a la declaratoria de expropiación., Ley 1523 /2.012, art. 74-

– Ocupación temporal de inmuebles. Ley 1523 /2.012, art. 69-

– Orden de demolición. Ley 1523 /2.012, art. 77-

– Procedimiento y condiciones de la ocupación. Ley 1523 /2.012, art. 70

– Proyectos de Desarrollo Urbano. Ley 1523 /2.012, art. 81-

– Redes y servicios de telecomunicaciones. Ley 1523 /2.012, art. 82

– Refinanciación de las obligaciones de las personas afectadas. Ley 1523 /2.012, art. 86-

– Régimen normativo. Ley 1523 /2.012, art. 65-

– Reglamentación de la ley. Ley 1523 /2.012, art. 90

– Reglamentación Territorial. Ley 1523 /2.012, art. 91

– Restitución oficiosa. Ley 1523 /2.012, art. 72-

– Retorno a la normalidad de declaratorias anteriores. Ley 1523 /2.012, art. 92

– Suspensión en procesos ejecutivos. Ley 1523 /2.012, art. 88-

– Transferencia de recursos. Ley 1523 /2.012, art. 80-

– Usuarios de crédito afectados. Ley 1523 /2.012, art. 87

Responsables de la gestión del riesgo. Ley 1523 /2.012, art. 2

Respuesta a emergencias, y de reducción del riesgo. Ley 2294 /2.023, art. 39

Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres – SNPAD

– Componentes. Ley 1523 /2.012, art. 7

– Definición. Ley 1523 /2.012, art. 5-

– Funciones. Ley 1523 /2.012, art. 18

– Instancias nacional, territorial y funciones. Ley 1523 /2.012, art. 9-

– Instancias de Coordinación Territorial.

    • Asociación de Consejos. Ley 1523 /2.012, art. 30-
    • Consejos departamentales, distritales y municipales de Gestión del Riesgo de Desastres.

– Instancias de Orientación y Coordinación. Ley 1523 /2.012, art. 15

    • Comisiones Técnicas Asesoras de los Comités. Ley 1523 /2.012, art. 26
    • Comité Nacional para el Manejo de Desastres-

– Integrantes. Ley 1523 /2.012, art. 8

– Sistemas de Información

Telecomunicaciones en casos de emergencia, conmoción o calamidad y prevención. Ley 1341 /2.009, art. 8

Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres.

– Funciones. Decreto 1974 /2.013, art. 1 y ss

– Organismos de socorro y aseguramiento. Decreto 1081 /2.015, arts. 2.3.1.1.1.1 a 2.3.1.1.2.2

Vuelta a la normalidad. Ley 9 /1.979, art. 514

Vea:

 

Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (Normas derogadas)

Alarmas. Ley 9 /1.979, art. 503-

Apropiaciones para prevención de desastres. Decreto 919 /1.989, art. 67-

Aspectos prioritarios de la prevención. Ley 9 /1.979, art. 506-

Aspectos sanitarios de los planes de contingencia. Ley 9 /1.979, art. 504-

Comité Nacional para la Atención y Prevención de Desastres.

– Funciones. Decreto 919 /1.989, art. 54-

– Integrantes. Decreto 919 /1.989, art. 53-

Comité Operativo Nacional para Atención de Desastres.

– Funciones. Decreto 919 /1.989, art. 57-

– Integrantes. Decreto 919 /1.989, art. 56-

Comités regionales y locales para la prevención y atención de desastres.

– Creación e integrantes. Decreto 919 /1.989, art. 60-

– Funciones. Decreto 919 /1.989, art. 61-

Comité Técnico Nacional. Decreto 919 /1.989, art. 55-

Competencia y procedimiento resolución conflictos por servidumbres. Decreto 919 /1.989, art. 36-

Contratos

– De empréstito por parte de la Nación. Decreto 919 /1.989, art. 26-

– De empréstito de las entidades descentralizadas del orden nacional. Decreto 919 /1.989, art. 27-

– De empréstito de las entidades territoriales o sus entidades descentralizadas. Decreto 919 /1.989, art. 29-

– Perfeccionamiento de los contratos de empréstito. Decreto 919 /1.989, art. 28-

– Régimen. Decreto 919 /1.989, art. 25-

Control fiscal posterior a los gastos de la Nación. Decreto 919 /1.989, art. 45-

Declaratoria de retorno a la normalidad. Ley 9 /1.979, art. 513-

Declaratoria de situación de desastre. Ley 9 /1.979, art. 509-

Defensa civil

– Domicilio, Decreto 919 /1.989, art. 68-

– Funciones. Decreto 919 /1.989, art. 68-

Definición de desastre. Ley 9 /1.979, art. 508-

Demolición de inmuebles

– Ejecución de la demolición. Decreto 919 /1.989, art. 33-

– Orden de demolición. Decreto 919 /1.989, art. 32-

Dirección, coordinación y control. Ley 9 /1.979, art. 511-

Directrices a los organismos de planeación territorial. Ley 9 /1.979, art. 495-

Donación

– Control y vigilancia. Decreto 919 /1.989, art. 47-

– Destinación y administración. Decreto 919 /1.989, art. 46-

Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por invierno

– Afiliación de los afiliados al régimen contributivo al Subsidiado. Decreto 17 /2.011, art. 18-

– Criterio de distribución de los recursos. Decreto 17 /2.011, art. 5 y 6-

– Interpretación de las normas. Decreto 17 /2.011, art. 2-

– Inversión o uso de los recursos. Decreto 17 /2.011, art. 7-

– Recursos adicionales para prevención en salud en las zonas afectadas. Ley 715 /2.001, art. 4-

– Red para la atención en salud. Decreto 17 /2.011, art. 3-

Estudios sobre localización de asentamientos humanos y edificaciones. Decreto 919 /1.989, art. 34-

Fondos. Decreto 919 /1.989, art. 66-

Funciones de las dependencias y organismos de la Administración Central. Decreto 919 /1.989, art. 63-

Funciones de las entidades descentralizadas del orden nacional. Decreto 919 /1.989, art. 64-

Funciones de las entidades territoriales. Decreto 919 /1.989, art. 62-

Imposición de servidumbres. Decreto 919 /1.989, art. 35-

Integrantes. Ley 9 /1.979, art. 492-

Medidas preventivas

– Análisis de vulnerabilidad. Ley 9 /1.979, art. 498-

– Prevención. Ley 9 /1.979, art. 496-

– Sistema integrado de información. Ley 9 /1.979, art. 497-

Moratoria o refinanciación de deudas

– Afectados. Decreto 919 /1.989, art. 44-

– Inaplicabilidad del régimen sobre financiación y juicios ejecutivos. Decreto 919 /1.989, art. 43-

– Refinanciación. Decreto 919 /1.989, art. 41-

– Suspensión de procesos ejecutivos. Decreto 919 /1.989, art. 42-

Objeto. Ley 9 /1.979, art. 491-

Ocupación temporal

– Obligación de permitirla. Decreto 919 /1.989, art. 30-

– Procedimiento y condiciones. Decreto 919 /1.989, art. 31-

Oficina Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.

– Creación. Decreto 919 /1.989, art. 58-

– Funciones. Decreto 919 /1.989, art. 59-

Participación de entidades publicas y privadas durante la situación de desastre. Ley 9 /1.979, art. 512-

Participantes en la elaboración y ejecución del Plan. Ley 9 /1.979, art. 494-

Personal paramédico. Decreto 919 /1.989, art. 71-

Plan de acción especifico para la atención de desastres. Ley 9 /1.979, art. 510-

Plan Nacional de Gestión del Riesgo.

– Comité de emergencias a nivel territorial. Ley 9 /1.979, art. 493-

Planeamiento de las operaciones de emergencia

– Elementos para. Ley 9 /1.979, art. 502-

– Medida de protección. Ley 9 /1.979, art. 499-

– Sistemas y equipos de información. Ley 9 /1.979, art. 500-

Planeamiento de las operaciones en caso de situaciones de desastre. Ley 9 /1.979, art. 501-

Primeros auxilios. Ley 9 /1.979, art. 507-

Redes nacionales de comunicación. Decreto 919 /1.989, art. 65-

Régimen normativo especial para situación de desastre. Decreto 919 /1.989, art. 24-

Sistemas de alarma y comunicaciones. Ley 9 /1.979, art. 505-

Situaciones de calamidad pública

– Declaratoria. Decreto 919 /1.989, art. 48-

– Declaratoria de retorno a la normalidad. Decreto 919 /1.989, art. 50-

– Efectos de la declaratoria. Decreto 919 /1.989, art. 49-

– Modificación de la declaratoria. Decreto 919 /1.989, art. 51-

– Régimen aplicable en las entidades territoriales. Decreto 919 /1.989, art. 52-

Situación de desastre regional. Ley 9 /1.979, art. 511, par.-