LEY 2408 DE 2024
(agosto 05)
por medio de la cual se facilita el ingreso, permanencia y cambio de categoría para la carrera de oficial en la Policía Nacional de Colombia.
(Publicada en D.O. 52.839 del 5 de agosto de 2024.)
El Congreso de Colombia,
ART. 1. Objeto. La presente ley busca facilitar el acceso a la categoría de oficial en la Policía Nacional de Colombia, removiendo barreras económicas y favoreciendo el ingreso y permanencia de los miembros de la Policía del nivel ejecutivo y de patrullero.
ART. 2. Cambio de categoría de patrullero y del nivel ejecutivo a la de oficial de la Policía Nacional. Modifíquese el artículo 104 de la Ley 2179 de 2021, el cual quedará así: Artículo 104. Modifíquese el artículo 12 del Decreto Ley 1791 de 2000, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 3. Gratuidad del ingreso o la carrera de oficial. El Gobierno nacional, en el término de un año, se encargará de determinar un sistema de gratuidad para el ingreso a la carrera de oficial de la Policía Nacional y para el cambio de categoría de patrullero de Policía y de nivel ejecutivo a la de oficial de las personas que pertenezcan a los estratos 1, 2 y 3 y zonas apartadas de frontera.
PAR. 1. El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Defensa en coordinación con el Ministerio de Educación y el Icetex, tendrá un año contado a partir de la expedición de la presente ley para reglamentar lo expuesto.
ART. 4. Becas para promover el ingreso y cambio de categoría en la Policía Nacional. Modifíquese el artículo 4° de la Ley 2130 de 2021, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 5. Compatibilidad con el Marco de Gasto y Marco Fiscal de Mediano Plazo. Los recursos que se requieran para el cumplimiento de la presente ley se proyectarán respetando el Marco de Gasto de Mediano Plazo y el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
ART. 6. Vigencia. La presente ley rige a partir de su fecha de promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
Iván Leonidas Name Vásquez.
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
Andrés David Calle Aguas.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Publíquese y cúmplase.
Dada, a 5 de agosto de 2024.
Gustavo Petro Urrego
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Ricardo Bonilla González.
El Ministro de Defensa Nacional,
Iván Velásquez Gómez.