LEY 1944 DE 2018

(diciembre 28)

por medio del cual se modifica la Ley 599 de 2000 y se crean los tipos penales de abigeato y abigeato agravado.

[Publicado en D.O. 50.820 del 28 de diciembre de 2018.]

El Congreso de Colombia

DECRETA:

ART. 1. El artículo 243 de la Ley 599 de 2000 tendrá una nueva redacción del siguiente tenor: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 2. La Ley 599 de 2000 tendrá un nuevo artículo 243-A, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 3. La Ley 599 de 2000 tendrá un nuevo artículo 243-B, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 4. Modifíquese el numeral 8 del artículo 241 de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 5. Modifíquese el parágrafo del artículo 314 de la Ley 906 de 2004, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 6. Modifíquese el segundo inciso del artículo 68-A de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 7. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación

Ernesto Macías Tovar.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

Alejandro Carlos Chacón Camargo.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes

Jorge Humberto Mantilla Serrano.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2018.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

La Ministra de Justicia y del Derecho,

Gloria María Borrero Restrepo.

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