DECRETO 707 DE 2001
(abril 23)
por el cual se modifica el artículo 18 del Decreto 405 de marzo 14 de 2001.
[Publicado en D.O. 44400 del 26 de abril de 2001 y Derogado por Decreto 449 de 2003, art. 16.]
El Ministro de Justicia y del Derecho Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto 697 de abril 17 de 2001, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el numeral 11 del artículo 879 del Estatuto Tributario,
ART. 1. El artículo 18 del Decreto 405 del 14 de marzo de 2001 quedará así: (…) Derogado por Decreto 449 de 2003, art. 16:)
ART. 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2001.
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos.