DECRETO NÚMERO 46 DE 2000
(ENERO 19)
Por el cual se adiciona el Decreto número 882 de 1998, sobre margen de solvencia, se modifica el artículo 4° del Decreto 723 de 1997, los artículos 2° y 19 del Decreto 1804 de 1999 y se dictan otras disposiciones para garantizar la correcta aplicación y destino de los recursos del sistema de seguridad social en salud.
(Publicado en el D.O. No. 43882 del 7 de febrero de 2000.)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y por los artículos 154, 180 numeral 5°, 183 parágrafo 1° y 230 parágrafo 1° de la Ley 100 de 1993,
ART. 1. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 2. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 3. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 4. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 5. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 6. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 50 de 2003, art. 52.)
ART. 7. (nf-670) (…) (Derogado por Decreto 506 de 2005, art. 7.)
ART. 8. Modificase el artículo 4° del Decreto 723 de 1997, el cual quedará así: (…) (Subrogado parcialmente por el Decreto 783 de 2.000, art. 5. Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 9. Modifícase el artículo 2° del Decreto 1804 de 1999, el cual quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 10. El artículo 19, del Decreto 1804 de 1999, quedará así: (…) (Subrogado por Decreto 783 de 2000, art. 12; Consulte el texto en el Decreto objeto de modificación.)
ART. 11. De la vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Salud,
Virgilio Galvis Ramírez.