DECRETO NÚMERO 415 DE 2000
(MARZO 8)
Por el cual se modifica el Decreto 806 del 2 de mayo de 1996.
(Publicado en el D.O. No. 43932 del 13 de marzo de 2000.)
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de la contenida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y de las que le confiere el artículo 101 de la Ley 100 de 1993.
ART. 1. El inciso 2º del literal b), del artículo 2° del Decreto 806 del 2 de mayo de 1996, quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 2. Vigencias y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás normas que le sean contrarias,
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
Gina Magnolia Riaño.