DECRETO NÚMERO 415 DE 2000

(MARZO 8)

Por el cual se modifica el Decreto 806 del 2 de mayo de 1996.

(Publicado en el D.O. No. 43932 del 13 de marzo de 2000.)

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de la contenida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y de las que le confiere el artículo 101 de la Ley 100 de 1993.

DECRETA:

ART. 1. El inciso 2º del literal b), del artículo 2° del Decreto 806 del 2 de mayo de 1996, quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 2. Vigencias y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás normas que le sean contrarias,

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo.

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

Gina Magnolia Riaño.

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