DECRETO NÚMERO 2763 DE 2001

(diciembre 20)

por el cual se modifica el decreto 2676 de 2000.

[Publicado en D.O. 44659 el 27 de Diciembre de 2001. Derogado por el Decreto 351 de 2014, art. 18.]

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo de lo previsto en los artículos 34 al 38 del Decreto-ley 2811 de 1974, 31 de la Ley 9º de 1979 y 6, 7 y 8 de la Ley 430 de 1998,

DECRETA:

ART. 1. Prorrogar por ocho meses, contados a partir de la expedición del Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares MPGIRH, el término establecido en el artículo 20 del Decreto 2676 de 2000, para la implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares que deben realizar los generadores de residuos hospitalarios y similares.

ART. 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Salud,

Gabriel Riveros Dueñas.

El Ministro del Medio Ambiente,

Juan Mayr Maldonado.

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