Decreto 256 de 1996

DECRETO NÚMERO 256 DE 1996

(FEBRERO 2)

Por medio del cual se actualizan las asignaciones básicas mínimas y máximas mensuales establecidas para 1996 en el Decreto 439 de 1995 para los empleados públicos del orden territorial del Sector Salud.

(Publicado en el D.O. No. 42712 del 6 de febrero de 1996.)

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las conferidas en el artículo 12 de la Ley 4ª de 1992 y el artículo 193 de la Ley 100 de 1993,

DECRETA:

ART. 1. Objeto. Actualizar las asignaciones básicas mínimas y máximas mensuales establecidas para 1996, en los artículos y del Decreto 439 de 1995 para los empleados públicos del orden territorial del Sector Salud.

ART. 2. Asignación básica mensual mínima. Las asignaciones básicas mensuales mínimas para el año 1996 serán:

Médico Especialista $748.368
Médico General 680335
Enfermero 600296
Auxiliar de Enfermería 253827
Técnico en Saneamiento 253827
Promotor de Salud 163577

 

Para los cargos cuya asignación básica mensual en 1995 era igual o inferior a $359.871 el aumento será del 18.5% y para los demás cargos no relacionados en el presente artículo será del 18%.

PAR. Este incremento comprende tanto el aumento salarial como la nivelación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 439 de 1995.

ART. 3. Asignación básica mensual máxima. La remuneración máxima en 1996 para los empleados públicos de la salud del orden territorial será la siguiente:

Código Cargo Asignación 1996
3200 Enfermero $656.868
3210 Enfermero Especialista 730362
3215 Médico General 823309
3225 Médico Especialista 930701
3230 Odontólogo 729413
3240 Odontólogo Especialista 795600
3245 Bacteriólogo 547642
3250 Bacteriólogo Especialista 599625
3255 Terapista 541710
3260 Terapista Especialista 592605
3265 Trabajador Social 541710
3270 Optómetra 547642
3275 Nutricionista Dietista 541710
3280 Médico Veterinario 547642
3285 Psicólogo 617237
4100 Técnico 325780
4105 Supervisor Técnico 385324
4110 Técnico en Informática 316176
4115 Técnico en Estadística 350081
4120 Técnico en Mantenimiento 298265
4125 Asistente Administrativo 378987
4130 Almacenista 264788
4135 Tesorero 292446
4140 Tecnólogo 356436
4200 Técnico en Imágenes Diagnósticas 288175
4205 Técnico en Mecánica Dental 288079

 

Código Cargo Asignación 1996
4210 Técnico en Laboratorio Clínico 324599
4215 Técnico en Prótesis 395257
4220 Técnico en Terapia Ocupacional 405611
4225 Técnico en Salud Ocupacional 372126
4230 Técnico en Saneamiento 350796
4235 Instrumentador Quirúrgico 311743
4240 Tecnólogo en Terapia 325100
5100 Auxiliar 262993
5105 Auxiliar de Administración 237704
5110 Auxiliar de Mantenimiento 232534
5115 Supervisor Auxiliar 379704
5120 Cajero 225298
5125 Pagador 358951
5130 Secretario 254917
5135 Secretario Ejecutivo 310837
5140 Mensajero 191739
5145 Operador de Radio 233656
5150 Operario de Servicios Generales 177873
5155 Conductor 226119
5160 Celador 190155
5165 Auxiliar de Información en Salud 223309
5170 Auxiliar de Farmacia o Droguería 235774
5200 Auxiliar de Enfermería 321514
5205 Auxiliar Consultorio Dental 285353
5210 Auxiliar Higiene Oral 293109
5215 Auxiliar Laboratorio Dental 262993
5220 Auxiliar Imágenes Diagnósticas 262993
5225 Auxiliar Laboratorio Clínico 262993
5230 Auxiliar en Salud Familiar y Comunitaria Promotor de Salud 262993
5235 Promotor de Salud 195588

 

Se entiende que las escalas salariales aquí establecidas corresponden a los cargos de tiempo completo. Las otras dedicaciones deberán ser homologadas por la autoridad competente.

PAR. En ningún caso podrá decretarse aumentos salariales para 1996 superiores a los establecidos en el presente artículo sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo del Decreto 439 de 1995.

ART. 4. Vigencia. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias. Surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1996.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de febrero de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Santiago Herrera Aguilera.

La Ministra de Salud,

María Teresa Forero de Saade.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Orlando Obregón Sabogal.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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