DECRETO NÚMERO 1838 DE 1994

(AGOSTO 3)

Por el cual se adiciona el Decreto No. 1469 de 1994.

(Publicado en el D.O. No. 41473 del 4 de agosto de 1994.)

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ART. 1. (…) (Consúltese el texto en el Decreto 1469 de 1994, art. 5.)

ART. 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 3 de agosto de 1994

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social

José Elías Melo Acosta.

Deja una respuesta