Decreto 1156 de 1996

DECRETO NÚMERO 1156 DE 1996

(JUNIO 28)

Por medio del cual se dictan normas en materia del Sistema de Seguridad Social Integral.

(Publicado en el D.O. No. 42822 del 4 de julio de 1996.)

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la contenida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTS 1 a 6. (nf-450) (…) (Derogado por los Decs. 1818 de 1996, art. 36 y 1406 de 1999, art. 61.)

ART. 7. El inciso primero del artículo 12 del Decreto 1858 de 1995 quedará así: (…) (Consúltese la norma objeto de modificación.)

ART. 8. Adiciónase el artículo del Decreto 1858 de 1995, con el siguiente inciso: (…) (Derogado por el Decreto 1406 de 1999, art. 61.)

ART. 9. El artículo del Decreto 1858 de 1995 quedará así: (…) (Consúltese la norma objeto de modificación.)

ART. 10. Vigencias y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente el artículo 23 del Decreto 1919 de 1994.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 28 de junio de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Orlando Obregón Sabogal.

La Ministra de Salud,

María Teresa Forero de Saade.

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