DECRETO NÚMERO 3215 DE 2002
(DICIEMBRE 27)
por el cual se modifica el artículo 13 del Decreto 20 de 2001.
(Publicado en el D.O. No. 45049 del 30 de Diciembre de 2002.)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
ART. 1. El artículo 13 del Decreto 20 de 2001 quedará así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)
ART. 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le resulten contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.