LEY 2371 DE 2024
(julio 12)
por medio de la cual se aprueba el “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, adoptado en Nueva York, el 18 de julio de 2002, mediante Resolución A/RES/57/199 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
(Publicada en D.O. 52.815 del 12 de julio de 2024.)
El Congreso de Colombia
Visto el texto del “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, adoptado en Nueva York, el 18 de julio de 2002, mediante Resolución A/RES/57/199 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del precitado instrumento internacional, publicado en el sitio web oficial de la Organización de Naciones Unidas, el cual consta de diez (10) folios, certificado por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presente Proyecto de Ley consta de dieciséis (16) folios.
PROYECTO DE LEY NÚMERO …
por medio del cual se aprueba el “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, adoptado en Nueva York, el 18 de diciembre de 2002, mediante Resolución A/RES/57/199 de la Asamblea General de Naciones Unidas.
El Congreso de Colombia
Visto el texto del “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, adoptado en Nueva York, el 18 de julio de 2002, mediante Resolución A/RES/57/199 de la asamblea general de las Naciones Unidas.
Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del precitado instrumento internacional, publicado en el sitio web oficial de la Organización de Naciones Unidas, el cual consta de diez (10) folios, certificado por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presente Proyecto de Ley consta de dieciséis (16) folios.
Anexo Ley 2371 de 2024.pdf
Rama Ejecutiva del Poder Público
Presidencia de la República
Bogotá, D. C., 15 de noviembre de 2022
Autorizado. Sométase a la consideración del Honorable Congreso de la
República para los efectos Constitucionales.
(Fdo.) Gustavo Francisco Petro Urrego
El Ministro de Relaciones Exteriores
(Fdo.) Álvaro Leyva Durán
DECRETA:
ART. 1. Apruébese el “PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES”, ADOPTADO EN NUEVA YORK, EL 18 DE JULIO DE 2002, MEDIANTE RESOLUCIÓN A/RES/57/199 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS”.
ART. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el “PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES”, ADOPTADO EN NUEVA YORK, EL 18 DE JULIO DE 2002, MEDIANTE RESOLUCIÓN A/RES/57/199 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS”, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
ART. 3. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Iván Leonidas Name Vásquez.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Andrés David Calle Aguas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
República de Colombia Gobierno Nacional
Comuníquese y cúmplase.
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada, a 12 de julio de 2024.
El ministro de Hacienda y Crédito Público de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales, mediante Decreto número 0862 del 8 de julio de 2024,
Ricardo Bonilla González
La Secretaria General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
Paola Andrea Vásquez Restrepo.
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Angela María Buitrago Ruiz.