DECRETO 1786 DE 2020
(diciembre 29)
Por el cual se fija el auxilio de transporte.
(Publicado en el D.O-51.542, 29 de enero de 2020.)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4 de 1992.
DECRETA:
ART. 1. Auxilio de Transporte para 2021. Fijar a partir del primero (1º) de enero de dos mil veintiuno (2021), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y CUATRO PESOS ($106.454.oo) mensuales, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.
ART. 2. El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021) y deroga el Decreto 2361 de 2019.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre de 2020
Ivan Duque Marquez
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera