Administradoras de Riesgos Laborales -ARL-

Administradoras de Riesgos Laborales -ARL-

Acceso a la historia clínica para efectos de facturación. Decreto 780 /2.016, art. 2.5.3.4.3.4

Acción de tutela contra particulares en la prestación de un servicio público. Constitución Política C. art. 86

Acreditación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.1.1-

Adecuación de las normas de higiene y seguridad en el trabajo para teletrabajadores. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.1.5.9

Administración de recursos por las cajas de compensación. Ley 789 /2.002, art. 16, num. 2

Afiliación de estudiantes con riesgo ocupacional en instituciones de educación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.3.2

Afiliación del teletrabajador y obligaciones del empleador. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.1.6.6.4

Asociación con entidades públicas o particulares.

– Autorización. Ley 1151 /2.007, art. 155

– Aviso de la cesión de contratos. Decreto 600 /2.008, art. 3

– Calculo del margen de solvencia del cesionario. Decreto 600 /2.008, art. 5

– Cesión de activos, pasivos, contratos y traslado de afiliados. Decreto 600 /2.008, art. 2

– Perfeccionamiento. Decreto 600 /2.008, art. 4

– Período de transición. Decreto 600 /2.008, art. 6-

Atención accidentes de tránsito

– Cruce de cuentas con subcuenta ECAT. Decreto 3990 /2.007, art. 5

– Reporte de información. Decreto 3990 /2.007, art. 8

Atención emocional y psicológica protección a víctimas de acoso sexual. Ley 2365 /2.024, art. 10

Base de datos de trabajadores independientes. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.1.7

Calificación de la pérdida de la capacidad laboral -condiciones que se deben reunir. Decreto 1072 /2.016, art. 2.2.5.1.26

Campañas de prevención para la población en riesgo por consumo tabaco o sus derivados. Ley 1335 /2.009, art. 12-

Carnetización. Circular Unificada Minprotección de 2004

Clases. Decreto 1295 /1.994, art. 77

Cobertura de accidentes de trabajo y enfermedad profesional a trabajadores independientes. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.1.7, par

Contratación con terceros para las actividades de afiliación y carnetización. Decreto 780 /2.016, art. 2.3.1.15-

Contratación de los programas de salud ocupacional por parte de las empresas. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.1.3

Derecho fundamental de acceso a la información. Concepto. Ley 1712 /2.014, art. 4

– Datos sensibles disponibles en bases de datos.

– Garantía a través de la Procuraduría General de la Nación. Ley 1712 /2.014, art. 23

– Información pública clasificada. Ley 1712 /2.014, art. 6 y 18

– Información pública reservada. Ley 1712 /2.014, art. 6 y 19

– Mínima obligatoria respecto a servicios, procedimientos y funcionamiento. Ley 1712 /2.014, art. 11

– Medios idóneos para recibir solicitudes de información pública. Decreto 103 /2.015, art. 16

– Sobre trámites y servicios. Ley 1712 /2.014, art. 7

– Sujetos obligados. Ley 1712 /2.014, art. 5, lits. b, c, f

Destinación específica de las cotizaciones. Ley 1562 /2.012, art. 11

Determinación del monto de la cotización – sanción. Decreto 3269 /2.009, art. 2

Distribución de las cotizaciones. Decreto 1295 /1.994, arts.19, 35 y 80

Equipo interdisciplinario para la calificación del grado de pérdida de la capacidad laboral. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.26

Estadísticas. Decreto 1295 /1.994, art. 61

Estándares para revelación de información financiera. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.10.6

Exigibilidad de las copias de los registros del estado civil. Ley 962 /2.005, art. 21

Exigencias a las entidades calificadoras de la pérdida de la capacidad laboral. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.26

Flujo de recursos entre el Sistema de Riesgos Laborales y el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Ley 1562 /2.012, art. 24

Funciones. Decreto 1295 /1.994, arts. 56, 59 y 80

Habilitación de prestadores de servicios de salud.

– Reglamentación, verificación y revisión. Ley 1438 /2.011, art. 58

Informe de la selección del empleador. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.1.5

Inscripción en el Fogafin. Decreto 1515 /1.998, art. 3

Intermediarios de seguros. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.10.1

Liquidación ARP ISS – Asociación con entidades públicas o particulares.

– Aviso de la cesión de contratos. Decreto 600 /2.008, art. 3

– Cesión de activos, pasivos y contratos. Decreto 600 /2.008, art. 2

– Cesión de negocios del ISS a la Previsora. Decreto 600 /2.008, art. 4

– Cotizaciones-sanción.

– Participación pública. Decreto 600 /2.008, art. 1

– Período de transición. Decreto 600 /2.008, art. 5

– Programa de adecuación. Decreto 600 /2.008, art. 6, par

Menoscabo patrimonial o suspensión de pagos de las entidades aseguradoras de vida

– Garantía de pensiones por la Nación y del Fogafin. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.2

– Pago de la pensión por administradora de fondo de pensiones. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.5, lit. a)

– Pago de la pensión por el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.5, lit. b)

– Pago de pensiones en caso de toma de posesión. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.3

– Pago efectivo de la garantía. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.6-

– Reconocimiento de la garantía de pensión. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.4

Obligación de afiliar al trabajador. Decreto 1295 /1.994, art. 85

Obligaciones. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.1.5.9

Obligaciones con los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más SMLV por un mes. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.5.12

Obligaciones para la habilitación del trabajo en casa. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.1.6.7.9

Pago de gastos de traslado, valoraciones de las Juntas de Calificación de Invalidez. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.32

Pago de honorarios a las juntas de calificación de invalidez. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.16

Pago de las cotizaciones para pensiones y salud. Ley 776 /2.002, art. 3, par. 2 y 3

Pago de las incapacidades temporales. Ley 1562 /2.012, art. 5, par. 3

Plazo para el saneamiento de aportes patronales. Ley 1438 /2.011, art. 85

Prestaciones a cargo. Decreto 1530 /1.996, art. 8

Programa de pausas productivas. Ley 1355 /2.009, art. 5, par

Promoción de la salud y prevención

– Del consumo de sustancias psicoactivas. Ley 1566 /2.012, art. 6

– Del consumo de sustancias psicoactivas – Proyecto institucional. Ley 1566 /2.012, art. 7

– En independientes con contrato diferente al laboral. Acuerdo CNRL. 5, art. 16

– En trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y de vinculados con contrato formal de prestación de

servicios. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.2.18

– En trabajadores informales. Ley 1562 /2.012, art. 10, par

– Investigación de incidentes y accidentes de trabajo. Resolución Minprot. 1401 /2.007-

– Obligaciones de las ARP.

– Recursos destinados a. Decreto 1295 /1.994, arts.19, 35 y 80

– Reporte de información de actividades y resultados de promoción y prevención. Ley 1562 /2.012, art. 8

Prueba de supervivencia

– Especificaciones técnicas para la consulta de la Base De Datos Única De Afiliados -BDUA. Resolución Minsalud. 1708 /2.012

– Prohibición. Decreto 19 /2.012, art. 21

Publicidad. Decreto 1295 /1.994, art. 82

Reconstrucción de la historia ocupacional. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.28-

Reembolsos

– Entre entidades administradoras de riesgos profesionales. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.4.5

– Formulario. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.4.4

– Ingreso base de liquidación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.2.10

– Por atención inicial de urgencias. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.4.2

– Por prestaciones asistenciales. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.4.3

– Procedimiento. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.4.6

– Solución de controversias. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.2.7

Reglas sobre la competencia. Decreto 1295 /1.994, art. 86-

Reporte de información al Ministerio deProtección Social.

Reporte y revelación de información financiera. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.10.7

Requerimiento de información a los afiliados, beneficiarios y empleadores. Ley 828 /2.003, art. 8-

Reservas. Decreto 1833 /2.016, art. 2.2.6.4.3, par.-

Responsabilidad de las prestaciones por enfermedad profesional. Ley 776 /2.002, art. 1, par. 2

Revisión de la calificación de incapacidad permanente parcial o de la calificación de invalidez.

– Cesación de la invalidez. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.54

– Requisitos, solicitantes y periodicidad. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.53

Ruta Integral de Atención Integral para Personas Expuestas al Asbesto

– Directrices para la detección temprana, el diagnóstico y tratamiento. Decreto 780 /2.016, art. 2.8.14.4

– Identificación de los riesgos de la población. Decreto 780 /2.016, art. 2.8.14.4. num. 1-

– Población destinataria de la atención. Decreto 780 /2.016, art. 2.8.14.3

– Socialización de la Ruta de atención. Decreto 780 /2.016, art. 2.8.14.4

Sanciones.

– A empleadores y trabajadores. Decreto 1295 /1.994, art. 91

– Incumplimiento de las normas de evaluación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.5.1.56

– Incumplimiento de los programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades. Ley 1562 /2.012, art. 8

Sistema Obligatorio de Compensación.

– Afiliación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.9.1.2

– Creación. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.9.1.1

– Implementación y objeto. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.9.1.3

– Vigilancia y control. Decreto 1442 /2.014, art. 4

Sociedades sin ánimo de lucro

– Asunción de riesgos. Decreto 1294 /1.994, art. 1

– Capital social. Decreto 1294 /1.994, art. 4

– Constitución. Decreto 1294 /1.994, art. 5

– Denominación. Decreto 1294 /1.994, art. 3

– Naturaleza jurídica. Decreto 1294 /1.994, art. 2

– Vigilancia. Decreto 1294 /1.994, art. 6

Traslado.

– Condiciones. Ley 828 /2.003, art. 2, par.-

– Efectos. Decreto 780 /2.016, art. 3.2.1.12

– Periodicidad. Decreto 1295 /1.994, art. 33

– Requisitos. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.2.1.4

Tributación.

– Exención del gravamen sobre movimientos financieros.

– Exención del impuesto sobre las ventas.

Utilización del correo para el envío de información. Ley 962 /2.005, art. 10

Vigilancia y control.

– Cumplimiento de las normas. Ley 1562 /2.012, art. 30

– De los servicios de salud ocupacional por el ministerio de Salud. Ley 9 /1.979, art. 87

– Del cumplimiento de los estándares mínimos calidad. Decreto 1072 /2.015, art. 2.2.4.7.11

– Por la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales. Decreto 1295 /1.994, art. 84

Vea:

 

Administradora de Riesgos Laborales -ARL- (Normas derogadas)

Depuración automática de saldos excedentes futuros. Decreto 73 /2.010, art. 2.

Depuración de aportes patronales. Decreto 73 /2.010, art. 1.

Habilitación de prestadores de servicios de salud.

– Definición. Decreto 2309 /2.002, art. 9.

Participación en el Comité Consultivo Nacional de Personas con Limitación. Decreto 1068 /1.997, art. 1par. 1.

Programas de rehabilitación profesional del ISS. Decreto 2177 /1.989,art. 12.

Reservas técnicas especiales para el ramo. Decreto 2347 /1.995, art. 1 a 7.

Responsabilidades por la prestación de servicios de salud en entidades no habilitadas. Decreto 2309 /2.002, art. 30.

Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud. Decreto 2309 /2.002, art. 1.

Suministro de información para funcionamiento del Sistema de Garantía de Calidad. Decreto 2309 /2.002, art. 7, par. 2.

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