Ley 2329 de 2023

LEY 2329 DE 2023

(septiembre 21)

Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1361 de 2009 y se dictan otras disposiciones.

(Publicada en D.O. 52.525 del 21 de septiembre de 2023.)

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ART. 1. Modifíquese y adiciónese un parágrafo al artículo 6 de la Ley 1361 de 2009, modificado por la Ley 1857 de 2017 el cual quedaría así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.)

ART. 2. Modifíquese y adiciónese el artículo 8 de la Ley 1361 de 2009, el cual quedaría así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita.).

ART. 3. Adiciónese un artículo a la Ley 1361 de 2009, el cual quedaría así: (…) (Consulte el texto en la norma que se cita como artículo 8A.).

ART. 4. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República.

Iván Leonidas Name Vásquez.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Andrés David Calle Aguas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada, a 21 de septiembre de 2023.

GUSTAVO PETRO URREGO.

El Ministro del Interior,

Luis Fernando Velasco Chaves.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Ricardo Bonilla González.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Óscar Mauricio Lizcano Arango.

La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

Beatriz Piedad Urdinola Contreras.

La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,

Laura Sarabia Torres.